ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES DE DISEÑO GRÁFICO
NORMATIVA
Orden de 19 de octubre de 2020, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de las enseñanzas artísticas superiores y se regula el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos de estas enseñanzas.
Orden de 9 de febrero de 2022, por la que se regulan en la Comunidad Autónoma de Andalucía el acceso, los criterios, los procedimientos de admisión y matriculación del alumnado de enseñanzas artísticas superiores en los centros docentes públicos, así́ como las pruebas de acceso a las citadas enseñanzas.
CONVOCATORIA ADICIONAL
Se podrá conceder por una sola vez la convocatoria adicional para cada una de las asignaturas, de las prácticas o del trabajo fin de grado, una vez agotadas las convocatorias de pruebas de evaluación establecidas.
El alumnado podrá presentar la solicitud de convocatoria adicional cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
- Enfermedad prolongada o accidente del alumno o alumna que impida el normal desarrollo de la adquisición de competencias curriculares de la asignatura durante más de tres meses del calendario lectivo.
- Incorporación o desempeño de un puesto de trabajo en un horario incompatible con las enseñanzas que curse.
- Cuidado de hijo o hija menor de dieciséis meses o accidente grave, enfermedad grave y hospitalización del cónyuge o persona unida por una relación análoga y de familiares hasta el segundo grado de parentesco por consanguinidad o afinidad.
SOLICITUD
Se recomienda realizar la solicitud a través de la Secretaría Virtual. También puede realizar el trámite de manera presencial aportando la siguiente documentación en la secretaría del centro o a través del correo (info@escueladeartejosenogue.es):
- Modelo de solicitud (pinchar aquí)
- Documentación que acredite algunas de las siguientes circunstancias:
- Enfermedad o accidente: Certificado médico oficial en el que conste la fecha y duración de la inhabilitación.
- Trabajos desempeñados que hagan incompatible la asistencia a clase: certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados, o equivalente en el caso de organismos extranjeros, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización), el período de contratación y si se trata de un contrato a tiempo parcial o total. Asimismo, certificación, expedida por la persona titular de la empresa, del horario laboral que justifique la citada incompatibilidad.
- Por cuidado de hijo o hija menor de 16 meses o por accidente grave, enfermedad grave o hospitalización del cónyuge o pareja de hecho y familiares hasta el segundo grado de parentesco por consanguinidad o afinidad: certificado médico oficial con expresión de la fecha y gravedad de la enfermedad del familiar y, en su caso, duración prevista de la hospitalización y documentación oficial que acredite la relación cónyuge o pareja de hecho, la relación de parentesco con hijas o hijos menores de 16 meses o con familiares por accidente, enfermedad y hospitalización.
PLAZO: 1-10 de septiembre.
AMPLIACIÓN DE LÍMITE DE PERMANENCIA
La permanencia máxima del alumnado en una especialidad será de seis cursos académicos, incluyendo el período de realización del TFE.
Con carácter excepcional, la persona titular del órgano competente en materia de ordenación de las enseñanzas artísticas superiores, a petición razonada del alumnado, previo informe no vinculante de la dirección del centro, mediante resolución debidamente motivada, ampliará en un único año y por una sola vez por alumno o alumna la permanencia en las enseñanzas artísticas superiores.
Solo podrá concederse dicha ampliación, en su caso, al alumnado que tenga superado al menos 200 créditos ECTS al término del curso académico en el que finaliza su límite de permanencia.
Dicha solicitud se cumplimentará según el modelo que figura en el anexo II e irá dirigida a la persona titular del órgano competente en materia de ordenación de las enseñanzas artísticas superiores.
SOLICITUD
Se recomienda realizar la solicitud a través de la Secretaría Virtual. También puede realizar el trámite de manera presencial aportando la siguiente documentación en la secretaría del centro o a través del correo (info@escueladeartejosenogue.es):
- Modelo de solicitud (pinchar aquí)
- Documentación que justifique las circunstancias que motivan dicha solicitud.
PLAZO: antes del 30 de octubre.
ANULACIÓN DE MATRÍCULA
La anulación de matrícula supone el cese de los efectos académicos de la matrícula realizada con la consiguiente pérdida del derecho a la evaluación, no computándose a efectos de permanencia del alumnado.
El alumnado podrá presentar la solicitud de anulación de matrícula, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
- Enfermedad o accidente del alumno o alumna que conlleve incapacidad y que por su duración impidan cursar con aprovechamiento las enseñanzas.
- Incorporación o desempeño de un puesto de trabajo en un horario incompatible con las enseñanzas que curse.
- Por cuidado de hijo o hija menor de 16 meses o por accidente grave, enfermedad grave u hospitalización del cónyuge y de familiares hasta el segundo grado de parentesco por consanguinidad o afinidad.
- Otras causas que impidan el normal desarrollo de los estudios.
La solicitud de anulación de matrícula se dirigirá la persona titular del órgano directivo central competente en materia de ordenación de enseñanzas artísticas superiores, quien resolverá de forma motivada.
La anulación de matrícula, que se recogerá en el expediente académico del alumnado, se podrá conceder por una sola vez para una misma especialidad/itinerario y no dará derecho a la devolución de las tasas académicas ni de los precios públicos y no se computará la citada matrícula a efectos de permanencia del alumnado para futuras matrículas.
SOLICITUD
Se recomienda realizar la solicitud a través de la Secretaría Virtual. También puede realizar el trámite de manera presencial aportando la siguiente documentación en la secretaría del centro o a través del correo (info@escueladeartejosenogue.es):
- Modelo de solicitud (pinchar aquí)
- Documentación que acredite la concurrencia de alguna de las circunstancias señaladas:
- Enfermedad o accidente: Certificado médico oficial en el que conste la fecha y duración de la inhabilitación.
- Trabajos desempeñados que dificulten la asistencia a clase: Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados, o equivalente en el caso de organismos extranjeros, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización), el periodo de contratación y la condición de contrato a tiempo parcial o total.
- Obligaciones de tipo personal o familiar: Documentación acreditativa.
PLAZO:
- Para asignaturas del primer semestre: antes del 31 de diciembre.
- Para asignaturas anuales o del segundo semestre: hasta el 30 de abril.